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Abogada Divorcios Sevilla

Abogada divorcios Sevilla

Muchos de los clientes que preguntan en el despacho acerca de un asunto de familia, siempre cuestionan, en especial las mujeres, si es más conveniente para ellas contar con una abogada de divorcios en esta ciudad, ya que puede ayudarla a entender su situación real, y de esa manera conseguir un resultado durante un procedimiento que se pueda acercar más a sus necesidades.

En los procedimientos de familia con divorcios, no es necesario contar con la ayuda de una abogada especialista por el mero hecho de ser una mujer, pudiendo encomendar el asunto, como es nuestro caso a un abogado de divorcio, sin perjuicio de que encomendar el asunto a una abogada de familia, puede ser también muy recomendable, ya que hay muchas especializadas en ello.

Igualmente, informo siempre a mis clientes que no es necesario abonar unos cuantiosos honorarios para que un letrado se haga cargo del asunto ya que hoy en día existen abogados de divorcios baratos y competitivos, con los que asegurarse un buen resultado en un procedimiento sin necesidad de hacer un enorme desembolso en honorarios de abogados.

El caso de María I.P.

A mi despacho acudió María I.P., la cual cuando la recibí en el despacho, esperaba ser atendida por una abogada de divorcios en esta ciudad, ya que me comentó que seguramente, así se sentiría más cómoda durante todo el procedimiento, ya que le ayudaría a entender su situación, en especial, por tratarse de una mujer como ella.

Enseguida le quité esa idea de la cabeza y con todo detenimiento me puse a escuchar su caso, en el cual, me comentó, deseaba divorciarse de su actual marido, con el que tenía un hijo en común, ya que la relación se había topado con una serie de diferencias irreconciliables, que les habían llevado a tomar la decisión de finalizar con su matrimonio.

Además me comentó que residían en una casa de alquiler, por lo que no tenían ninguna carga que soportar en ese sentido, con lo que únicamente habría que pronunciarse sobre quien se quedaría residiendo en la vivienda e igualmente, la custodia del menor, aunque en principio habría de ser para María I.P.

La demanda

Una vez que nos resumió su caso, nos pusimos a redactar la demanda para iniciar el procedimiento, por la que solicitamos que se decretara el divorcio, se adjudicara el uso de la vivienda a Maria I.P y especialmente se le atribuyese la custodia del menor hijo del matrimonio, estableciéndose que por el padre del menor Antonio G.H., debía de abonarse la cantidad de 180 € en concepto de pensión alimenticia.

Una vez que fue presentada la demanda, a las pocas semanas recibimos la llamada de Antonio G.H., comunicándonos que había recibido la demanda iniciadora del procedimiento y haciéndonos saber que, salvo alguna puntualidad, estaba de acuerdo en lo que habíamos solicitado, por lo que no nos hicimos esperar y nos citamos nuevamente en el despacho para acordar un posible convenio.

Efectivamente, el acuerdo no tardó en producirse y ambos cónyuges pactaron mantener el convenio tal y como María I.P., había solicitado si bien, la cuantía de la pensión alimenticia se habría de reducir de 180 € a 150 €, por entenderse que era una cantidad más adecuada a las necesidades del menor y que la misma respondía a las necesidades de alimento, ropa y vivienda del mismo.

Asesoría de una abogada de divorcios en Sevilla

El procedimiento judicial

Al haber alcanzado un acuerdo, lo primero que tuvimos que hacer fue detener el que ya se encontraba en curso, mediante un escrito en el que interesábamos del Juzgado que recondujese el procedimiento al mutuo acuerdo, acompañando a dicho escrito una copia del convenio firmado por las dos partes e interesando que efectivamente, se nos citase para ratificar el mismo en sede judicial.

Así pues, a las pocas semanas, recibimos la comunicación por parte del Juzgado, mediante la cual, se nos confirmaba que efectivamente, reconducía el procedimiento a la vía del mutuo acuerdo y nos emplazaba para que unos pocos días después, acudiéramos al Juzgado para ratificar las medidas acordadas por ambos cónyuges.

Por tanto, llegado el día señalado, acudimos al Juzgado, donde ambos cónyuges fueron preguntados sobre si las firmas que aparecían en el convenio eran las suyas propias y que si estaban de acuerdo con los contenidos recogidos en el convenio, a lo que contestaron afirmativamente, quedando por tanto los autos pendientes del dictado de Sentencia previa revisión del Ministerio Fiscal, al existir intereses de un menor en el procedimiento.

La resolución

A las pocas semanas, obtuvimos el informe favorable del Ministerio Fiscal y de ahí la Sentencia, no se hizo esperar, por la cual declaraba el divorcio entre María I.P. y Antonio G.H. y además acordaba aprobar las medidas propuestas por ambos en el convenio regulador aportado durante el procedimiento, en especial las acordadas sobre el menor, al entender que efectivamente la cantidad de 150 € era totalmente adecuada a las necesidades del mismo.

A los pocos días, se personó en mi despacho María I.P., a la cual tuve la ocasión de darle la enhorabuena por el resultado logrado así como para hacerle entrega de la copia de la Sentencia. Igualmente me informó que lo acordado en la Sentencia se venía ya cumpliendo sin ningún tipo de problema y fue por ello por lo que agradeció mi labor, asegurando que recomendaría nuestro buen saber hacer en este tipo de procedimientos en el futuro.

Asesora legal por oficio y vocación.
Me gusta escribir artículos en mis ratos libres y colaborar con varias webs y medios de prensa.
Actualmente terminando de cursar el Grado de Derecho en la Universidad Complutense.
Si tienes dudas o necesitas que te ayude, no dudes en escribirme.
Ariadna Martinez Campoy
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